COMUNICADO IMPORTANTE
ASUNTO: Reconocimiento de habilitaciones extranjeras para conducción de embarcaciones deportivas de bandera argentina.
A fin de poner en su conocimiento aspectos normativos vigentes relacionados con la conducción de embarcaciones deportivas de bandera argentina.
Al respecto, se informa que, conforme a lo establecido en el Artículo 401.0412 del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), la Prefectura Naval Argentina reconoce las habilitaciones náuticas expedidas por autoridades competentes extranjeras.
No obstante, cuando ciudadanos extranjeros o argentinos que posean habilitaciones extranjeras deban desempeñarse como timoneles de embarcaciones de bandera argentina, deberán gestionar el correspondiente reconocimiento ante esta Autoridad Marítima, a efectos de su habilitación para dicha función.
Asimismo, se hace saber que el reconocimiento otorgado se encontrará condicionado a la vigencia de la habilitación náutica presentada, manteniendo su validez hasta la fecha de vencimiento de la misma, debiendo tramitarse nuevamente ante esta Autoridad Marítima.
En tal sentido, se informa que dicho trámite es sin costo, debiendo los interesados presentar fotocopia de la habilitación náutica, fotocopia del documento de identidad y acreditar el pago vigente de la Tasa Fija Anual correspondiente.
El mismo podrá efectuarse en cualquier dependencia jurisdiccional de la Prefectura Naval Argentina, pudiendo realizarse asimismo en esta Prefectura, sita en calle Pasaje 29 de Octubre N.º 160 de la ciudad de Colón, provincia de Entre Ríos, en el horario de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 horas.
Se solicita tenga a bien dar difusión a la presente entre los navegantes de esa institución, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
A los efectos de evacuar dudas o realizar consultas, los interesados podrán comunicarse telefónicamente al número (+54 3447) 421619.








